jueves, 1 de noviembre de 2007

Una intromisión en la libertad de enseñanza

Transcribo un artículo publicado en Aceprensa



¿Educación para la Ciudadanía o ingeniería social?

La polémica asignatura obligatoria de Educación para la Ciudadanía, creada por la última reforma educativa española, se presenta como una enseñanza neutral de un mínimo común ético. Pero los críticos advierten que esa ética responde a una visión del hombre sesgada e incompleta. María Lacalle Noriega, profesora de Derecho Civil en la Universidad Francisco de Vitoria (Madrid), lo señala en una conferencia recogida en una publicación de su Universidad (“¿Educación para Ciudadanía o Ingeniería Social?”). Ofrecemos un resumen.

Firmado por María Lacalle Noriega
Fecha: 31 Octubre 2007

El artículo 27 de la Constitución española, en su párrafo primero, reconoce la libertad de enseñanza. Además, en el párrafo tercero establece que “los poderes públicos garantizan el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones”.

Sin embargo, en los textos que regulan la asignatura se habla de “las obligaciones del Estado en la formación de todos los ciudadanos y ciudadanas en valores y virtudes cívicas” (1). Y, un poco más adelante, leemos: “Para lograrlo, es imprescindible hacer de los centros y de las aulas (…) espacios (…) que ayuden a los alumnos y alumnas a construirse una conciencia moral y cívica acorde con las sociedades democráticas, plurales, complejas y cambiantes en las que vivimos”. ¿De dónde sale esa supuesta obligación del Estado? ¿No pertenece eso, más bien, al ámbito de la libertad de enseñanza? ¿No corresponde a los padres formar la conciencia moral de sus hijos?

Arrinconar la fe en el ámbito privado

(…) El Gobierno interpreta el artículo 27 en el sentido de que la formación religiosa y moral que los padres son libres de transmitir a sus hijos pertenece al ámbito privado. Mientras que en el ámbito público la primacía y la responsabilidad es del Estado. Esta interpretación no tiene ningún fundamento constitucional. Olvida el Gobierno que el primer párrafo del artículo 27 proclama, simple y llanamente, la libertad de enseñanza, y que el párrafo tercero refuerza la libertad de los padres para elegir la formación de sus hijos en cuestiones morales y religiosas. El párrafo segundo únicamente establece el objeto de la educación, pero no le asigna ninguna función educativa al Estado.

Sin embargo, a través de esta asignatura el Gobierno quiere imponer una ética civil obligatoria en la esfera social y que las convicciones morales y religiosas queden relegadas a la vida íntima y familiar.

Claramente, esto supone una invasión por parte del poder público de un terreno que no le es propio, pues la enseñanza cae dentro del ámbito de libertad de los padres, especialmente la educación ética y moral, pues los padres son los primeros y únicos responsables de la formación de sus hijos. Y no cabe separación entre moral privada y moral pública. La moral es una porque la persona es una. Pretender que las personas se guíen conforme a unos principios en su vida social y conforme a otros en su vida familiar es como querer imponer la esquizofrenia por decreto.

El Gobierno utiliza la excusa de la modernidad y del pluralismo para justificar su adoctrinamiento. Considera que en una sociedad multicultural es necesario encontrar un mínimo común ético que haga posible la convivencia. (...)

La Propuesta elaborada por la Universidad Carlos III y la fundación CIVES utiliza la misma línea argumental: “Están en circulación una pluralidad de códigos éticos morales diferentes, ninguno de ellos universalizable ni de legítima imposición a todos. De ahí la perplejidad de los padres ante la desorientación moral y la actitud contestataria de las morales tradicionales por parte de sus hijos. De ahí la necesidad de extraer el mínimo común ético como obligatorio para todos y como parámetro de valoración de los demás valores diferenciales, legítimos y merecedores de todo respeto siempre que no entren en contradicción con ese mínimo común” (2).

De manera que, como los padres están “perplejos” y los hijos completamente desorientados, el Gobierno se ve en la necesidad de buscar un mínimo común ético para imponérselo a todos. Los padres, naturalmente, seguirán siendo libres para transmitir a sus hijos su fe y sus creencias, pero sólo en el ámbito privado y siempre que no choquen con ese mínimo común ético que es obligatorio para todos.

Mínimo común ético

(…) ¿Es posible encontrar ese mínimo común ético? La respuesta es muy clara: no sólo es posible, sino que es muy necesario. Dada la situación de globalización y de pluralismo cultural que estamos viviendo, el mundo necesita más que nunca la ayuda de una moralidad que influya en la esfera pública. (...)

¿Hay algo que sea común a todos los hombres, por encima de la diversidad de razas, de culturas, de religiones? Sí lo hay: la naturaleza humana. Todos participamos de una misma naturaleza, y esa naturaleza es normativa. Es decir, de la naturaleza humana brotan una serie de principios que descubrimos con la razón, y que nos permiten discernir el bien del mal.

(…) El problema es que no es esto lo que les van a enseñar a nuestros hijos. No les van a enseñar a guiarse por la ética natural. Entonces, ¿qué les van a enseñar? Si no aceptan el criterio de lo justo por naturaleza, ¿de dónde sale ese mínimo común del que tanto hablan?

Lo que les van a enseñar a los niños y niñas de toda España es una ética laicista, relativista, positivista y completamente impregnada de filosofía de género. Vamos a analizar brevemente cada uno de estos principios.

Una ética laicista

(…) Dicen los defensores de la asignatura que ésta es neutral con respecto a las religiones, puesto que no habla de ellas para nada. Pero esa supuesta neutralidad es falsa. Es más, me atrevo a decir que la asignatura no sólo no es neutral, sino que es ofensiva y represiva del hecho religioso. Por un lado, porque cierra por completo la mirada de los alumnos a la trascendencia, y, por otro lado, porque en caso de que esa mirada religiosa la hayan recibido en su familia, se les dice que pertenece al ámbito privado, y que sus convicciones no se pueden notar en el ámbito público.

Se puede explicar matemáticas sin hacer referencia a Dios, pero no se puede pretender que los alumnos formen y desarrollen su propia identidad y conciencia moral prescindiendo absolutamente de la referencia a la trascendencia. El ser humano necesita plantearse la pregunta sobre el Ser Supremo para resolver los principales enigmas de la vida. Esta pregunta tiene que ser planteada, aunque sea para negarla. En el currículo de la asignatura ni siquiera se plantea. No se niega que Dios exista, pero se le ignora como si no tuviese nada que ver con la vida, con la realidad. Se deja sin respuestas lo más importante. Todavía peor, se impide que surjan las preguntas. Y esto no es ser neutral.

Las religiones, dicen, deben quedar recluidas al ámbito privado y no pueden ser factores de construcción de la vida social porque son una fuente de problemas e impiden el progreso y la libertad. (...)

El manifiesto del PSOE confunde laicidad y laicismo. Pero, aparte de ese error terminológico, lo que más llama la atención de este texto es la consideración de que religión y fundamentalismo van unidos, como si no hubiera otra forma de vivir la fe, y el convencimiento de que la religión es un obstáculo para la libertad.

El relativismo es una ideología

(…) La asignatura de Educación para la Ciudadanía impone una ética relativista. Laicismo y relativismo están estrechamente emparentados porque una vez que se elimina a Dios resulta muy fácil eliminar el orden objetivo del ser, del bien y del mal.

Los defensores de la asignatura utilizan aquí el mismo argumento de antes: dicen que es absolutamente neutral, porque, según ellos, no impone ninguna ideología. Pero el relativismo es una ideología. (...)

El relativismo sostiene que todo lo que se refiere a Dios y al sentido de la vida es inaccesible porque los hombres somos unos seres limitados incapaces de conocer la verdad. Nuestro conocimiento es parcial e inadecuado. Cualquier explicación que se proponga acerca de los enigmas más profundos de la vida humana está condicionada culturalmente y ninguna tiene bajo ningún aspecto valor absoluto de verdad. Por eso afirman que todas las opciones son igualmente aceptables y válidas, todas tienen el mismo valor.

(…) El perfecto ciudadano, según esta asignatura, es aquel que no tiene ninguna convicción ética permanente. Sus convicciones deben variar a medida que varía el consenso social, deben adaptarse al sentir de la mayoría.

Solo importa el consenso

(…) Ya hemos explicado antes que la única vía para encontrar un mínimo común ético es la ley natural. Pero defender la existencia de la ley natural es del todo incompatible con el relativismo. (...)

En los textos que regulan la asignatura no se menciona ni una sola vez la ley natural. Entonces, ¿en qué se fundamenta ese mínimo común ético que se quiere imponer? En los derechos humanos, pero, atención, en los derechos humanos en su “carácter histórico” y cambiante. En Educación para la Ciudadanía los derechos humanos se presentan como “conquistas históricas inacabadas”, sujetas a evolución y a su “ampliación o su retroceso según el contexto” (3).

Y ¿en función de qué cambian? En función de lo que decida el consenso social. Dice la Propuesta de la Universidad Carlos III y de la Fundación CIVES que “la formulación de esos valores comunes y de las correspondientes normas de conducta es el resultado del ejercicio de la función dialógica de la conciencia y de sus precipitados, el diálogo y el consenso”.

Lo que están diciendo es que el mínimo común ético se fabrica, no se descubre. Se fabrica con el diálogo y el consenso. El uso de la razón y la referencia a las exigencias propias de la naturaleza humana son desplazados por el culto irracional a la voluntad de la mayoría.

Filosofía de género

(…) En Educación para la Ciudadanía subyace una antropología basada en la filosofía de género. Esta filosofía sostiene que cada uno puede elegir su propia identidad y orientación sexual con independencia de su sexo biológico.

La filosofía de género parte de una antropología dualista que separa en la persona humana su dimensión corporal de su dimensión psicológica y espiritual, lo cual lleva a defender que la identidad genérica no está determinada por la identidad sexual, sino que depende de la psicología de cada uno y de la cultura en la que vive. Además, la persona es completamente autónoma y la libertad una fuerza absoluta: en consecuencia, cada uno puede construirse como quiera.

(…) En la asignatura Educación para la Ciudadanía esta filosofía está presente en todas las etapas, especialmente en la ESO, y de una manera obsesiva. El Estado, inmiscuyéndose de manera escandalosa en el derecho de los padres a la educación de sus hijos, asume la competencia de educar la afectividad de los niños: “Para lograr estos objetivos se profundiza en los principios de ética personal y social y se incluyen, entre otros contenidos, los relativos a las relaciones humanas y a la educación afectivo-emocional” (4).

Por otra parte, se rechaza cualquier diferenciación entre varón y mujer, llegando a identificar desigualdad con discriminación, identificación que ha sido puesta de relieve y señalada como errónea por el Consejo de Estado en sus Dictámenes sobre los textos legales que regulan la asignatura (5). Además, se insiste machaconamente en la diversidad afectivo-emocional y en la posibilidad de elegir la propia identidad de género y orientación sexuales (6).

Intervencionismo estatal
(…) Después de todo lo dicho creo que está claro que estamos ante un caso de intromisión del Estado en la libertad de enseñanza. Así lo ha reconocido, por otra parte, el Consejo de Estado, aunque el Gobierno ha hecho caso omiso de su Dictamen: “a la hora de establecer estos contenidos básicos [de la asignatura Educación para la Ciudadanía] el Real Decreto sometido a consulta debe tener en cuenta que no puede formar parte de los aspectos básicos del sistema educativo, sustraídos a la libertad de enseñanza garantizada en el artículo 27 de la Constitución, la difusión de valores que no estén consagrados en la propia Constitución o sean presupuesto o corolario indispensables del orden constitucional” (7).

No sólo está en peligro la libertad de enseñanza. La cosa parece todavía más grave. Porque si se elimina cualquier criterio objetivo de justicia, el Estado acaba erigiéndose en la fuente última del Derecho y de la moral pública, y la sociedad civil corre el peligro de desaparecer.

En el fondo eso es lo que se busca en todas las ideologías totalitarias: la progresiva abolición de los cuerpos intermedios, porque es más fácil controlar a los individuos aislados y solos ante el Estado omnipotente. De ahí la obsesión por privar de influencia social a la Iglesia católica, que es una voz independiente y que puede resultar crítica e incómoda. Y de ahí, también, el ataque a la familia, que es una constante de todas las ideologías absolutistas que han pretendido un control de la persona.

(…) Por mucho que se permita a los padres elegir el tipo de formación religiosa y moral que desean para sus hijos, ¿dónde queda su libertad si luego el Estado les impone otra moral y otra concepción del hombre y del mundo? Así lo han declarado recientemente los Obispos: “Si el sistema educativo obligara a recibir otra formación de la conciencia moral, violentaría la voluntad de los padres y declararía implícitamente que la opción hecha por ellos en el ejercicio de sus derechos no es considerada válida por el Estado” (8).

Quizá por eso en los Reales Decretos que establecen las enseñanzas mínimas de Educación Primaria y de Educación Secundaria Obligatoria no se menciona para nada la autoridad de los padres. Esto resulta tan patente y escandaloso que el Consejo de Estado en sus preceptivos Dictámenes advierte al Gobierno que debiera incluirse en la descripción de la competencia Aprender a aprender, “el respeto a padres y profesores, la aptitud para aprender y escuchar el consejo y orientación de unos y otros y la sensibilidad para apreciar el ejemplo que puedan constituir” (9).

(…) Creo que hay razones suficientes para considerar que esta asignatura supone una intromisión injustificable por parte del Estado en el derecho a la libertad de enseñanza de los padres, y en la libertad ideológica y religiosa de los alumnos.

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(1) Real Decreto 1513/2006, de 29 de diciembre, por el que se establecen las enseñanza mínimas correspondientes a la ESO, BOE de 5 de enero de 2007, p. 715.
(2) Propuesta sobre Educación para la Ciudadanía de la Fundación CIVES y la Cátedra de Laicidad y Libertades Públicas Fernando de los Ríos del Instituto de Derechos Humanos Bartolomé de las Casas de la Universidad Carlos III, Liagrafic, Madrid, 2005.
(3) Real Decreto 1613/2006, BOE de 5 de enero de 2007, p. 716-718.
(4) Real Decereto 1631/2006, de 29 de diciembre, por el que se establecen las enseñanzas mínimas correspondientes a la Educación Secundaria Obligatoria, BOE de 5 de enero de 2007.
(5) Dictámenes 2234/2006 y 2521/2006.
(6) Ver, por ejemplo, Real Decreto 1631/2006, de 29 de diciembre, por el que se establecen las enseñanzas mínimas correspondientes a la Educación Secundaria Obligatoria, artículo 3 (objetivos de la ESO), apartado k: “Conocer y valorar la dimensión humana de la sexualidad en toda su diversidad”, BOE de 5 de enero de 2007, p. 679.
(7) Dictámenes 2234/2006 y 2521/2006.
(8) Comisión Permanente de la Conferencia Episcopal Española, La Ley Orgánica de Educación (LOE), los Reales Decretos que la desarrollan y los derechos fundamentales de padres y escuelas, 28 de febrero de 2007, apartado 8.
(9) Dictámenes 2234/2006 y 2521/2006.

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